FONDO PARA PYMES – OFICINA EUROPEA DE PROPIEDAD INTELECTUAL

 

La importancia que reviste para una PYME el registro de su marca trasciende ya de las ventajas de protección que se le otorga. Es necesario predefinir los mercados en los que operará una determinada empresa y estudiar el alcance que tendrá la marca. Los importantes beneficios que se pueden derivar del registro de una marca han sido expuestos por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) en su informe analítico anual sobre “Los sectores intensivos en derechos de propiedad industrial y el rendimiento económico en la Unión Europea”. Este estudio revela que tan solo un 9% de las pymes son titulares de Derechos de Propiedad Intelectual, pero como consecuencia de ello obtienen un 68 % más de ingresos por empleado que las que no cuentan con este tipo de activos intangibles.

A este respecto, para la mayoría de las empresas, y en concreto para las PYMES, puede resultar más rentable el registro y protección de una marca internacionalmente a través de los procedimientos proporcionados por la Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO) y la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), a través del Sistema de Madrid. Este tipo de registros proporcionan protección y visibilidad para aquellas empresas que prevean un aumento en su actividad internacional.

Si el mercado de una empresa trasciende de la Unión Europea, puede ser recomendable optar por el Sistema de Madrid, que permite obtener protección en más de 120 países en base a una única solicitud nacional. En particular, este Sistema aporta las siguientes ventajas:

  • Acceso de la marca al 80% de los mercados.
  • Información previa sobre el coste económico que tiene el registro en cada país. Permitiéndose designar inicialmente determinados países y ampliar de forma posterior según las necesidades de la empresa.

Sin embargo, si la actividad empresarial de la PYME se centra en la Unión Europea, el procedimiento que ofrece la EUIPO ofrece determinados beneficios tales como:

  • Protección total, con un único registro, en los 27 estados miembros de la Unión Europea.
  • Coste proporcionalmente inferior al que supondría registrar individualmente una marca en cada País de la Unión Europea.
  • Posibilidad de transformar una marca nacional ya registrada, como marca comunitaria, manteniendo la antigüedad y permitiendo el abandono de los registros nacionales en la próxima renovación. Es decir, únicamente se pagaría la renovación en el registro de la Unión Europea.

Con el fin de favorecer la protección de los derechos de propiedad industrial, la EUIPO ha diseñado el programa de subvenciones Fondo para Pymes “Ideas Powered for business SME Fund. Este programa proporciona a sus solicitantes un reembolso para cubrir las tasas correspondientes al registro y protección de derechos de propiedad industrial e intelectual.

¿Qué cubre dicho reembolso?

El alcance de los costes que pueden ser cubiertos por dicho reembolso varía en función del tipo de derecho industrial que se pretenda proteger. En lo que más nos atañe, se podrán reembolsar, por un lado, hasta el 75 % de las tasas de solicitud de marcas y diseños de la UE y nacionales, y, por otro lado, hasta el 50 % de las tasas básicas para la solicitud de marcas y diseños fuera de la Unión Europea, excluyendo las tasas de designación originarias de países de la UE. La tasa, para tres clases es de 1.050 € y pueden incluirse otros gastos por lo que la subvención es muy relevante.

¿Quién puede acceder a dicha subvención?

Los requisitos exigidos por la EUIPO para solicitar este reembolso se basan en que la entidad solicitante sea una PYME, es decir, que su facturación anual no sobrepase los 43 millones de euros, y que esté domiciliada en la UE. Cumpliendo estos requisitos, la solicitud podrá ser realizada por cualquier empleado autorizado o representante externo de la PYME.

No obstante, es importante solicitar la subvención con anterioridad a realizar la solicitud de registro de cualquier derecho de propiedad industrial ya que solo podrán reembolsarse las tasas subvencionables de las actividades iniciadas una vez se le ha notificado al beneficiario si es o no apto para la subvención. El procedimiento de solicitud del reembolso, en su caso, no finaliza con su resolución positiva, sino que es necesario llevar a cabo la solicitud de registro de una marca, diseño o variedad vegetal, para poder acceder a dicha ayuda.

En BOLEO GLOBAL, nos encargamos de gestionar este procedimiento, así como de resolver cualquier incidente que se pueda derivar en la solicitud de la subvención o bien, en el proceso de registro de la marca, tales como oposición de un tercero o cualquier tipo de subsanación requerida por la oficina de origen. No dude en ponerse en contacto con nosotros para que podamos ayudarle a proteger su marca a un precio competitivo.

 

 

Marta Villar Pérez

Jesús Bores Lazo

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